Como viene siendo tradicional en los últimos años, hoy hemos disfrutado de un magnífico concierto navideño de saxo a cargo de Juan José Tocino, padre de dos alumnos/as del centro: María y Sergio.
Cada año supera su actuación, mejorando su repertorio y haciéndonos disfrutar de un magnífico rato de convivencia y buena música.
Esta actividad se ha convertido en fija en la programación del ciclo para preparar la antesala de la Navidad.
Desde aquí quiero manifestar mi más sincero agradecimiento a la familia Tocino por su disponibilidad, amabilidad, colaboración, buen hacer, generosidad e implicación en la tarea educativa.
Esta mañana hemos ido a visitar el Belén que, cada año, montan en la Asociación de vecinos de Santa Ana. Es una actividad de la que ha participado todo el ciclo y que, por turnos, fuimos accediendo al local póximo al centro donde se encuentra dicha Asociación.
Durante esta semana, debido a la proximidad de las fechas navideñas, estará cargada de actividades que iremos subiendo a este portal para que participéis de ellas.
Con motivo de la celebración de la Navidad, este año el ciclo de Educación Infantil tiene prevista las siguientes actividades.
MIÉRCOLES 17 de DICIEMBRE: GRAN COTILLÓN DE FIN DE AÑO. Tocaremos las doce campanadas y comeremos la uvas. Al tratarse de una gran celebración los alumnos/as podrán venir especialmente guapos, pero de la manera más cómoda posible para ellos/as. Ese día traerán el desayuno normal. Terminaremos la mañana con un concierto navideño de saxo a cargo de D. Juan José Tocino.
VIERNES 19 de DICIEMBRE: Cantaremos villancicos y recibiremos la visita de SSMM los Reyes Magos de Oriente para entregar un detallito y dar a los/as niños/a las úlitmas recomendaciones en cada aula. Los padres/madres estáis invitados a asistir a ambas actividades, aunque no podemos concretar el horario, que os comunicaremos en cuantos nos sea posible. Ese día, los/as alumnos/as que lo deseen podrán venir vestidos de pastor/a, evitando siempre traer complementos que puedan resultar peligrosos (bastones...) A lo largo de la mañana, en cada aula los alumnos/as desayunarán productos típicos de la Navidad, por lo que ese día solo deberán traer la bebida.
Asimismo, el JUEVES 18 DE DICIEMBRE a las 16,30 tendrá lugar la entrega de notas en cada aula. Rogamos acudáis a dicha reunión sin los/as niños/as para facilitar el desarrollo de la misma.
El Equipo de Educación Infantil quiere aprovechar esta ocasión para desearles a todos/as una
La Constitución española de 1978 es la norma suprema del ordenamiento jurídico del Reino de España, a la que están sujetos los poderes públicos y los ciudadanos de España, en vigor desde el 29 de diciembre de 1978.
La Constitución fue ratificada en referéndum el 6 de diciembre de 1978, siendo posteriormente sancionada por el rey Juan Carlos I el 27 de diciembre y publicada en el Boletín Oficial del Estado el 29 de diciembre del mismo año. La promulgación de la Constitución implicó la culminación de la llamada Transición Española, que tuvo lugar como consecuencia de la muerte, el 20 de noviembre de 1975, del anterior Jefe del Estado, el general y dictador Francisco Franco, precipitando una serie de acontecimientos políticos e históricos que transformaron el anterior régimen franquista en un Estado Social y Democrático de Derecho, bajo la forma política de Monarquía Parlamentaria.
Su título preliminar proclama un Estado social y democrático de Derecho que propugna como valores superiores del ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.5Asimismo, se afianza el principio de soberanía popular, y se establece la monarquía parlamentaria como forma de gobierno.
La Constitución establece una organización territorial basada en la autonomía de municipios, provincias y comunidades autónomas, rigiendo entre ellos el principio de solidaridad. Tras el proceso de formación del Estado de las Autonomías, las comunidades autónomas gozan de una autonomía de naturaleza política que configura a España como un Estado autonómico.
Las entidades locales, como los municipios y las provincias, gozan de
una autonomía de naturaleza administrativa, cuyas instituciones actúan
en conformidad con criterios de oportunidad dentro del marco legal
fijado por el Estado y las comunidades autónomas.
El rey es el Jefe del Estado, figura que desempeña funciones de naturaleza eminentemente simbólica y que carece de poder efectivo de decisión. Sus actos tienen una naturaleza reglada, cuya validez depende del refrendo
de la autoridad competente que, según el caso, es el presidente del
Gobierno, el presidente del Congreso de los Diputados, o un ministro.
La división de poderes, idea fundamental en el pensamiento liberal, es establecida implícitamente por el texto constitucional. En la base, la soberanía nacional permite la elección, por sufragio universal (varones y mujeres, mayores de 18 años), de los representantes del pueblo soberano en las Cortes, configuradas a modo de un bicameralismo atenuado, integrado por el Congreso de los Diputados y el Senado. Ambas Cámaras comparten el poder legislativo, si bien existe una preponderancia del Congreso de los Diputados, que además es el responsable exclusivo de la investidura del presidente del Gobierno, y su eventual cese por moción de censura o cuestión de confianza.
No obstante, tanto el Congreso como el Senado ejercen una tarea de
control político sobre el Gobierno mediante las preguntas e
interpelaciones parlamentarias.
El Gobierno, cuyo presidente es investido por el Congreso de los Diputados, dirige el poder ejecutivo, incluyendo la Administración Pública. Los miembros del Gobierno son designados por el presidente, y junto a él, componen el Consejo de Ministros, órgano colegiado que ocupa la cúspide del poder ejecutivo.
El Gobierno responde solidariamente de su actuación política ante el Congreso de los Diputados, que, dado el caso, puede destituirlo en bloque mediante una moción de censura, que necesariamente debe incluir un candidato alternativo que será inmediatamente investido presidente del Gobierno.
El poder judicial recae en los jueces y en el Consejo General del Poder Judicial como su máximo órgano de gobierno. El Tribunal Constitucional controla que las leyes y las actuaciones de la administración pública se ajusten a la Carta Magna.
En clase, después de una asamblea para explicar, adaptado a sus edades, el significado y el sentido del día que celebramos hoy, visionamos este pequeño vídeo que nos ayudó a entenderlo mejor.
Hicimos énfasis en los derechos y deberes más significativos y relacionados con sus necesidades e intereses y en la obligación del respeto de todos/as a la Constitución.
Seguidamente le regalamos a la Constitución esta tarta que decoró cada uno a su gusto.
Para poder ir organizando los materiales, os agradecería que en el menor tiempo posible, me hagáis llegar la parte del Proyecto de Mica y sus amigos, correspondiente al segundo trimestre.